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  • ¿Qué es el usufructo?
    El usufructo es el derecho a disfrutar temporal y plenamente de una cosa o derecho ajeno, sin cambiar su forma ni su sustancia.
  • ¿Cómo se puede constituir el usufructo?
    El usufructo podrá constituirse por contrato, testamento, posesión adversa o disposición de ley.
  • ¿Cuáles son las duraciones máximas del usufructo?
    El usufructo no puede exceder la vida del usufructuario; tratándose de una persona jurídica, pública o privada, la duración máxima es de treinta años.
  • ¿Cuáles son los derechos del usufructuario?
    El usufructuario tiene derecho a usar, disfrutar y administrar la cosa o derecho como lo haría un buen padre de familia, respetando su destino económico.
  • ¿Cuáles son las responsabilidades del usufructuario en relación con reparaciones y gastos?
    Corresponde al usufructuario las reparaciones ordinarias indispensables para la conservación de la cosa, así como los gastos de administración. Puede eximirse de estas responsabilidades renunciando al usufructo.
  • ¿Qué sucede en caso de pérdida o deterioro del bien beneficiario?
    Si el bien o derecho disfrutado se pierde, se deteriora o disminuye de valor, el usufructo pasa a ser aplicable a la indemnización debida al propietario.
  • ¿Cómo se puede extinguir el usufructo?
    El usufructo puede extinguirse por varias causas, entre ellas la muerte del usufructuario, la reunión del usufructo y la propiedad en una misma persona, el no ejercicio durante veinte años, la pérdida total de la cosa disfrutada o la renuncia.
  • ¿Qué es la nuda propiedad?
    La Nuda Propiedad es la propiedad desprovista de usufructo, es decir, del derecho a disfrutar temporal y plenamente de una cosa o derecho. Es propiedad sin derecho inmediato de uso y disfrute.
  • ¿Cuáles son los derechos del Propietario Desnudo?
    El Nudo Dueño posee el inmueble sin los derechos de uso y goce, pero conserva el derecho de disponer de él, pudiendo venderlo o enajenarlo.
  • ¿Cuáles son los beneficios del usufructo y la Nuda Propiedad?
    El usufructo permite el uso y goce temporal de un bien, mientras que la Nuda Propiedad ofrece la posesión permanente del inmueble. La combinación de estos derechos puede resultar útil en la planificación de la sucesión, permitiendo la transferencia de activos de forma estratégica y flexible.

¿Aún tienes dudas?

Descubre la historia de Santiago

Santiago, 70 años, viudo y dueño de una casa, decide vender su propiedad, pero quiere seguir viviendo allí. Puede optar por establecer el usufructo, permitiéndole vender la casa y recibir el valor correspondiente, garantizando al mismo tiempo el derecho a disfrutar de la residencia hasta el final de su vida.

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Beneficios de usufructo para Santiago:

- Santiago obtiene recursos económicos de la venta de la casa.

- Mantiene el derecho a vivir en la casa hasta el final de su vida.

- Disfrutar de una vejez más tranquila, sin preocuparse por cambiar de residencia.

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Pero Santiago puede optar por mantener la Nuda Propiedad. Sólo vende la propiedad en sí, conservando el derecho a vivir en la casa hasta el final de su vida.

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Beneficios de la Propiedad Desnuda para Santiago:

- Recibe el valor de la venta del inmueble.

- Seguir viviendo en la casa mientras estés vivo.

- Mantiene la seguridad y comodidad de su hogar, incluso después de la transacción.

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En ambas situaciones, Santiago podrá disfrutar de los beneficios de vender la propiedad, ya sea mediante usufructo o Nuda Propiedad, asegurando su tranquilidad en su vejez, sin renunciar al lugar que llama hogar. La elección entre usufructo y Nuda Propiedad dependerá de las preferencias personales de José y de los objetivos específicos que pretenda alcanzar con la transacción inmobiliaria.

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